El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que obliga a los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) a contratar un seguro de responsabilidad civil. La norma introduce además el Registro de Vehículos Personales Ligeros (VPL), donde deberán inscribirse obligatoriamente estos vehículos para poder circular por las vías públicas.

Esta regulación establece que los VMP y otros vehículos incluidos en el registro de VPL deberán contar con una identificación oficial. El objetivo de la medida es garantizar la cobertura de daños a terceros y unificar los requisitos técnicos de seguridad exigidos por la Dirección General de Tráfico.

La inscripción deberá realizarla el propietario del vehículo o su tutor legal, en el caso de menores. Podrá hacerse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico (DGT), por teléfono mediante el 060, o a través de canales alternativos como aseguradoras o gestores administrativos en el momento de contratar el seguro.

El incumplimiento de la normativa de seguros para VMP conlleva multas de entre 202 y 610 euros por la simple titularidad sin póliza. En caso de circular sin ella, las sanciones ascienden a un rango de entre 250 y 800 euros, cuantía que se determinará según la clasificación técnica del vehículo.